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Otro ‘hit’ de ‘Los Haters’: no te pierdas su canción protesta para las personas refugiadas

Hoy volvemos a escuchar a nuestra banda predilecta, “Los Haters”. Y lo hacemos revisitando uno de sus machacones ‘hits’ de los últimos años. Nos referimos a su conocida canción-protesta “¿Por qué los países musulmanes no acogen a las personas refugiadas?”.

Lo primero que hay que decir es que, pese a su apariencia, con sus interrogantes y todo, no se trata de una pregunta. O, en todo caso, se trata de lo que podríamos llamar una ‘pregunta-trampa’. Porque en realidad, “Los Haters” están lanzando una afirmación: los países musulmanes no acogen a refugiados. Es una estrategia bastante cobarde, porque nos cuelan como si fuera verdadera una premisa que es sencillamente falsa y lo hacen desde el parapeto de los signos de interrogación.

La religión mayoritaria de los principales países de acogida es el Islam

Como demuestran los datos, esos que tanta urticaria producen a los haters, los principales países que han tenido que acoger a personas refugiadas en los últimos años son de religión mayoritariamente musulmana. Es el caso, por ejemplo, de Turquía, Líbano, Jordania, Paquistán o Bangladesh. Más adelante podréis ahondar, queridos salvahaters, si así lo deseáis, en algunos datos al respecto que hemos recopilado.

Por otra parte, es necesario aclarar que, por encima de religiones y de sistemas políticos, los países que lideran la acogida a las personas refugiadas son siempre los países limítrofes a aquellos en los que se originan los conflictos que fuerzan la salida fuera de sus fronteras de sus nacionales. La realidad muestra además que la gran mayoría de ellos son países de los considerados ‘en vías de desarrollo’.

Vamos a poner un poco de contexto al momento de creación de este ‘hit’ de “Los Haters”: esta cantinela de dudoso gusto empezó a escucharse en Radio Hater a partir del año 2015, año en el que se produce un significativo desplazamiento de personas refugiadas hacia el continente europeo, procedentes, en gran parte, de graves conflictos abiertos en la región de Oriente Medio y, muy especialmente, de Siria, país inmerso en una guerra civil que ha obligado a huir a más de seis millones de personas y que todavía no ha terminado. Este movimiento forzoso de personas tuvo continuidad en 2016 y desde entonces no ha hecho sino disminuir a escala europea.

El objetivo de este mensaje era y es quebrar la solidaridad con las personas refugiadas

Pero es que la mala intención del mensaje de los haters, si lo diseccionamos, como tratamos de hacer aquí, es mucho más profunda. Porque no solamente se está diciendo que los países musulmanes no acogen quienes buscan refugio, sino que se está atacando directamente a las personas refugiadas, a las que se está calificando directamente de sospechosas. Los haters nos están diciendo que ni siquiera otros países musulmanes quieren acoger a estas personas. Este es uno de los mensajes subyacentes, que se dirige contra una población en una situación extremadamente vulnerable.

Pero va más allá. Después de calificar de insolidarios a los países musulmanes y de tachar de indeseables a las personas refugiadas, llega el verdadero mensaje final, la conclusión a la que el hater quiere que lleguemos: si ‘ellos’ (los países musulmanes) no los acogen, ‘nosotros’ (España, la UE…) tampoco tenemos que hacerlo. Porque, en definitiva, ese es el mensaje de esta lamentable canción de tintes abiertamente racistas y xenófobos: no queremos acoger a refugiados.

Hay que recordar que este mensaje, camuflado, se introdujo sutilmente, bajo esta apariencia, en un momento en el que la sociedad civil en España y en la UE, espantada con lo que estaba sucediendo, estaba dando una respuesta de solidaridad hacia las personas refugiadas, una respuesta auténtica de empatía y compasión. Con este mensaje los y las haters intentaban quebrar esa solidaridad, este era su objetivo.

Triste y nocivo papel el que juegan estos haters, muy a menudo además desde el confort de una vida rodeada de cómodas pantallas en las que verter y difundir estos mensajes. Y todo a partir de una falsedad, de una mentira, de una noticia falsa, de un contenido mentiroso. Te dejamos aquí, querido salvahaters, algunas imágenes para redes sociales con las que responder a este mensaje cuando te lo encuentres on u offline.

Saber más

El informe “Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2018”, presentado en el pasado mes de junio por ACNUR, la agencia de Naciones Unidas para las personas refugiadas, nos arroja luz sobre este asunto. De las cerca de 20 millones de personas contabilizadas como refugiadas en el mundo, dos terceras partes procedían de solamente cinco países: Siria, Afganistán, Sudán del Sur, Myanmar y Somalia.

  • Siria, con 6,7 millones de personas refugiadas, continúa siendo el principal país emisor de refugiados/as. De ellos, 3,6 millones de personas se encuentran refugiadas en Turquía, país mayoritariamente musulmán. Le siguen, como países de acogida de los refugiados sirios, Líbano (944.000 personas), Jordania (676.300), Alemania (532.000), Iraq (252.000), Egipto (132.000) y Suecia (109.000). Los datos son claros para demostrar que la mayoría de las personas refugiadas de origen sirio permanecen en países musulmanes, lo que no resta evidentemente mérito al esfuerzo en la acogida realizado por países como Alemania o Suecia.
  • El siguiente país emisor de refugiados es Afganistán y se repite exactamente el mismo patrón. De los 2,7 millones de refugiados/as afganos/as, un total de 1,4 millones (más de la mitad del total) han encontrado cobijo en Paquistán. El siguiente país de acogida es la República Islámica de Irán (951.000). Esto significa que la gran mayoría de refugiados/as afganos/as se encuentran en dos países de religión musulmana. Muy a distancia aparece de nuevo Alemania, país de acogida para 126.000 afganos/as.
  • Prácticamente la totalidad de los refugiados procedentes de Sudán del Sur, tercer país en número de refugiados, se quedaron en países de la región, como Sudán, Etiopía, Kenia o la República Democrática del Congo. El primer país de acogida es Sudán, con 852.000 refugiados sursudaneses. Sudán es un país mayoritariamente musulmán.
  • Nos encontramos a continuación a Myanmar, con un éxodo de 1.100.000 refugiados/as de este país, la mayoría de ellos/as pertenecientes al pueblo rohingya, minoría de religión musulmana perseguida por un estado de religión mayoritariamente budista. La gran mayoría de estas personas, hasta un total de 906.000, fueron acogidas por Bangladesh, país de religión musulmana. El siguiente país de acogida es Malasia, también musulmán, con 114.000 refugiados acogidos.
  • El último de los cinco primeros países por la necesidad de huir de sus nacionales es Somalia, con 949.000 refugiados a finales de 2018. En este caso, la acogida está más repartida, fundamentalmente entre Etiopía (257.000), Kenia (252.000) y Yemen (249.000). En este caso nos encontramos con un país mayoritariamente cristiano (Kenia), otro musulmán (Yemen) y un tercero (Etiopía) en el que la población se divide entre quienes profesan ambas religiones, según la región.
  • Hay un dato más que es interesante subrayar. De los 6,5 millones de personas refugiadas acogidas en países de Europa, 3,7 millones, más de la mitad, han sido acogidas por Turquía.

Con estos datos poco más hay que decir para desmontar esa falacia que acusa a los países musulmanes de no acoger a los refugiados que profesan esta religión. Es totalmente falso. Y la verdadera conclusión es que, más allá de religiones, la inmensa mayoría de las personas refugiadas son acogidas por países de su región geográfica, normalmente limítrofes, que deben afrontar el esfuerzo principal de esa acogida.

Las becas y ayudas al estudio, un derecho (y no un privilegio) para quien más las necesita

Hoy nos internamos por vez primera en otro de esos temas recurrentes en el discurso discriminatorio con tintes xenófobos: hoy hablamos de educación y, concretamente, de las becas y ayudas estatales al estudio. Porque hemos advertido una interesante clave en el patrón de comportamiento del homo hater: los y las haters confunden muy a menudo igualdad y derechos con privilegios.

Cuando hablamos de educación en España estamos hablando de igualdad. El artículo 27 de la Constitución española establece, en el marco de los derechos fundamentales, el derecho que todos y todas tenemos a la educación. Para garantizar el ejercicio del derecho a la educación, existe un sistema estatal de becas y ayudas al estudio. Por ley, las personas de origen extranjero residentes en España pueden acceder a este sistema en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía.

Sin embargo, el catálogo de bulos de carácter xenófobo que circulan en el ámbito online y también en el offline incluye a menudo el supuesto privilegio de las personas inmigrantes en el acceso a becas y ayudas escolares. Y no, para nada, queridos/as haters: estos privilegios no existen.

Lamentablemente, este cuento de los privilegios que estarían disfrutando las personas inmigrantes ha calado en la sociedad. En el informe-encuesta sobre la “Evolución del racismo, la xenofobia y otras formas de intolerancia en España”, realizado en 2018 por el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia (OBERAXE), se recoge cómo entre el 59 y el 69 por ciento de las personas encuestadas percibe que los/as alumnos/as inmigrantes reciben más ayudas que los autóctonos.

Las ayudas al estudio se otorgan en función de la situación socioeconómica de la persona

Sin embargo, lo cierto es que para acceder al sistema de becas y ayudas al estudio hay, fundamentalmente, dos factores a tener en cuenta: las circunstancias socioeconómicas y el aprovechamiento académico del solicitante. Es decir, para acceder al sistema de becas y ayudas lo realmente decisivo es la necesidad económica: las ayudas al estudio son destinadas a quienes más lo necesitan. Cuando hablamos de educación estamos hablando de derechos e igualdad.

Con estos argumentos ya podéis ayudar a los/as haters a comprender que no existen privilegios para las personas inmigrantes en el acceso a becas y ayudas para el estudio. Aquí puedes descargarte algunas piezas para redes sociales que te ayudarán en tu tarea mesiánica de ayudar al hater a sacarse fuera todo ese odio.

Todos estos bulos, y esto es serio, pueden hacer mucho más daño de lo que parecen. Desde Save A Hater queremos invitaros a desactivar el efecto tóxico de los bulos discriminatorios: párate a pensar cuál es la mejor manera de reaccionar, y después decide: corta la cadena, contesta desmontando el mensaje discriminatorio, solicita la fuente del rumor para averiguar si es o no veraz y, en caso necesario, denuncia.

Accede aquí a todas las herramientas que ponemos a tu disposición desde la campaña Save A Hater.

¿Quieres profundizar? Consulta fuentes fiables

Junto a los argumentos, la labor del salvahaters obliga a acudir a fuentes fiables. Por ejemplo, al Código de Becas y Ayudas al Estudio, publicado por el Boletín Oficial del Estado y actualizado el 3 de abril de 2019. Su capítulo tres reúne los dos instrumentos legislativos que regulan a escala estatal las becas y ayudas al estudio. Son los siguientes:

– Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
– Real Decreto 951/2018, de 27 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el presente curso y se modifica el Real Decreto 1721/2007.

El Real Decreto 1721/2007 comienza explicando que existe un sistema estatal de ayudas al estudio y becas para garantizar el cumplimiento del artículo 27 de la Constitución; para que “todas las personas, con independencia de su lugar de residencia, disfruten de las mismas condiciones en el ejercicio del derecho a la educación”.

Para las personas extranjeras no comunitarias el Real Decreto se remite a lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, es decir, a la Ley Orgánica 4/2000, conocida como la ‘Ley de Extranjería’. El artículo 9 establece el derecho a la educación para los extranjeros menores de 18 años (incluyendo el acceso a la enseñanza básica, gratuita y obligatoria); el derecho a la enseñanza posobligatoria; a la obtención de la titulación académica correspondiente y el acceso al sistema público de becas y ayudas en las mismas condiciones que los españoles.

Sobre los requisitos para acceder al sistema de becas hay que remitirse al citado Real Decreto 1721/2007. Es ahí donde se concretan que son las circunstancias socioeconómicas y el aprovechamiento académico del solicitante los dos factores decisivos a tener en cuenta. Junto a estos dos factores también se mencionan las necesidades especiales derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta o ‘altas capacidades intelectuales’.

¿No será entonces, amable hater, que lo que te molesta es la igualdad y el sistema de derechos?

El sueño de los haters: misoginia y xenofobia en un mismo bulo y

El sueño del hater: xenofobia y misoginia en un mismo bulo

Culpar a los hombres migrantes de la violencia de género: xenofobia de manual

Hoy queremos dedicarnos a otro de esos maliciosos bulos que circulan por ahí, alentado interesadamente desde ciertas posiciones, personajes y organizaciones. Nos referimos a aquel que afirma que la violencia de género y los asesinatos machistas son cometidos principalmente por hombres extranjeros.

Con este rumor, nuestros adorables haters consiguen rizar el rizo: alimentar la estrategia del odio en dos direcciones a la vez, hacia los hombres migrantes, como discurso xenófobo, y hacia las mujeres, a través de la extensión del discurso negacionista que rechaza la propia existencia de la violencia de género.

Acusar a los hombres extranjeros de ser los responsables de la violencia de género potencia, evidentemente, el racismo y la xenofobia. Podríamos decir que es un caso ‘de manual’. Los hombres inmigrantes son utilizados como chivo expiatorio al que culpar de un mal social, en este caso la violencia de género. Identificado el culpable, suceden dos cosas. La primera es que una vez hemos encontrado al culpable, podemos declararlo a los cuatro vientos, podemos señalarlo y dar cauce al odio contra él. La segunda, más sutil, pero no menos perniciosa, es que por el mismo mecanismo los demás hombres (autóctonos, no considerados extranjeros) quedan eximidos de responsabilidad alguna.

Según los datos estadísticos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, dependiente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el 72 % de los hombres condenados por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en 2018 fueron de nacionalidad española y el 28 % fueron ciudadanos extranjeros.

Parece con datos como este que la violencia de género concierne al conjunto de los hombres, al margen de la nacionalidad, origen o clase social.

Un bulo al servicio del discurso misógino

Pero es que como decíamos, este bulo sirve también a los intereses del discurso misógino, de rechazo u odio hacia las mujeres. ¿Y de qué forma, cuando podría parecer que se está denunciando la violencia de género?

Siguiendo el hilo de nuestra argumentación, el bulo que culpa a los hombres extranjeros alimenta el discurso negacionista que afirma que la violencia de género es solo un invento creado desde el feminismo y desde aquello tan recurrentemente utilizado de la ‘ideología de género’. Con mensajes discriminatorios de este cariz se refuerza esta idea: la violencia de género no existe, no tiene un impacto real y, en todo caso, es propia de los hombres extranjeros y, por tanto, es un fenómeno exógeno, ajeno a nuestra sociedad. Entonces, no tenemos nada de lo que preocuparnos, nada que solucionar. Jugada redonda.

Por esto, junto a algunos datos y argumentos, ponemos a vuestra disposición, afanados/as salvahaters, piezas como estas para responder en las redes sociales a estos comentarios de odio xenófobo y misógino. Accede aquí a las herramientas que ponemos a tu disposición desde Save A Hater.

Estos bulos, esta rumorología de origen incierto, hacen mucho más daño de lo que parece. Desde Save A Hater queremos invitaros a desactivar el efecto tóxico de estos mensajes: párate a pensar la mejor manera de reaccionar, y después, decide. Puedes cortar la cadena, pedir la fuente de la supuesta información que da base a su mensaje, contestar desmontando su contenido o, en caso necesario, denunciar ante la propia plataforma digital, ante una organización como Accem o, llegado el caso, ante los propios tribunales.

¿Quieres profundizar? Consulta fuentes fiables

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, dependiente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en su Informe sobre Violencia de Género correspondiente al año 2018, recoge datos de interés:

– Del total de 18.091 varones que fueron condenados en 2018 por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, los hombres extranjeros constituyen el 28 % del total por un 72 % de españoles.

– En los casos de violencia contra la mujer que se resolvieron en los Juzgados de lo Penal, fueron hombres extranjeros el 29 % de los 16.575 condenados, frente a un 71 % de españoles.

– En 2018 se recogieron un total de 166.961 denuncias por violencia de género en los juzgados españoles. El 31,5 % de las víctimas eran extranjeras.

– Sobre el total de 39.176 órdenes de protección solicitadas, en 12.616 casos correspondieron a hombres extranjeros, que constituyen el 32,2 %. Fueron hombres españoles el 67,8 % de los denunciados.

Además, Newtral publicó el pasado mes de diciembre una información que ahora queremos recuperar. En ella se hacían eco del informe dedicado a los asesinatos por violencia de género que publica anualmente el Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad. Entre otros datos, este informe recoge si el culpable del asesinato ha nacido o no en España:

– 2017: el 66,7 % de los asesinatos fueron cometidos por hombres nacidos en España.

– 2016: 65,3 %.

– 2015: 73,3 %.

– 2014: 67,3 %.

– 2013: 68,5 %.

Esto significa que en los últimos años analizados, el porcentaje de culpables de asesinatos machistas que habían nacido en España superó siempre el 65 %, llegando a sobrepasar el 73 % en 2015.

¿No será entonces que nuestros queridos haters han vuelto a hacerlo? ¿Han vuelto a culpar de un enorme problema social a los inmigrantes para extender sus mensajes de odio xenófobo? ¿No será que además han querido simular que la violencia de género no existe como problema en la sociedad española? ¿No será que hemos vuelto a pillar a nuestros queridos haters, como se suele decir, con el carrito de los helados?

Bulos sobre violencia de género

¿Acabamos ya con el mito de las denuncias falsas por violencia de género?

Esta vez nos vamos a poner, si cabe, más serios. Ya sabemos que una de las dianas preferidas para los haters del mundo online son las mujeres, porque el odio de carácter machista o misógino aparece continuamente y con una intensidad muy alarmante en los medios digitales. Pero concretamente hoy entramos a una temática de gravedad mayúscula, que deja cada año decenas de mujeres asesinadas y quién sabe cuántas mujeres golpeadas y maltratadas. Vamos a hablar de violencia de género y vamos a tratar de acabar con el tan manido bulo de las denuncias falsas.

Únicamente el 0,01 % de las denuncias presentadas por violencia machista eran falsas: entre 2009 y 2016 las causas incoadas por denuncias falsas fueron 194, frente a las 1.055.912 denuncias por violencia de género presentadas durante esos ocho años. De entre estos 194 expedientes abiertos, 79 terminaron en condena y 110 aún permanecían en investigación. Solo hubo cinco absoluciones para la parte que presuntamente había denunciado falsamente. Estos son los datos que aparecen en la memoria anual de la Fiscalía (2017). Así, queda en evidencia que las denuncias falsas son irrisorias en número, pero sí son perseguidas y castigadas.

También hay que tener en cuenta, que, en cualquier caso, el número de denuncias interpuestas a causa de la violencia de género tampoco es una representación fiel del número de casos reales, pues desgraciadamente este es mucho mayor. La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género dio a conocer que el 81% de las mujeres asesinadas por violencia machista durante 2018 no había denunciado previamente.

Estos datos, contundentes por sí mismos, no han logrado parar a los haters misóginos y negacionistas de la violencia de género, que aducen que los datos de falsedad a la hora de denunciar son mucho más altos, pues pretenden contabilizar como falsos todos aquellos casos en los que finalmente no se produce la condena. Sin embargo, que una denuncia no termine en la condena del acusado no la convierte en absoluto en una denuncia falsa. Esto puede deberse a causas variadas: la absolución en un sistema de derecho puede deberse a que no han podido reunirse las suficientes pruebas; puede deberse a que los hechos probados no llegan a constituir un ilícito penal; o puede producirse el caso, y esto es muy frecuente, de que la víctima haya decidido retirar finalmente la denuncia, muchas veces a causa del miedo.

Pocas bromas con esto. Aquí te dejamos algunas piezas para que emplees en tus redes sociales, si lo consideras oportuno, cada vez que te encuentres a un recalcitrante hater con el cuento negacionista de las denuncias falsas.

Bulos como este son extremadamente dañinos e irresponsables, porque ayudan a proteger al agresor y a desproteger a la víctima, porque extienden un halo de sospecha sobre las víctimas de un fenómeno que causa cada año un sufrimiento incalculable. Queremos invitaros a desactivar el efecto tóxico de mensajes misóginos de este cariz: párate a pensar cuál es la mejor manera de reaccionar, y después decide: corta la cadena, desmonta con datos y argumentos, solicita y coteja la fuente del bulo y, en caso necesario, denuncia.

¿Quieres profundizar? ¿Qué es y qué no es una denuncia falsa?

El Código Penal español castiga en su artículo 456 a aquellas personas que, “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados”. En otras palabras: una denuncia falsa consiste en denunciar a otra persona por hechos delictivos (o faltas) que no ha realizado.

Entonces… ¿Qué no es una denuncia falsa?

No todos somos especialistas en Derecho, ni conocemos los tecnicismos de los elementos que conforman los distintos tipos penales. Si una persona denuncia unos hechos en concreto, puede no saber si constituyen o no un delito, aunque crea que sí. Denunciar unos hechos que han ocurrido y que son desagradables para quien los sufre, pero que no están tipificados penalmente o no llegan a traspasar la línea establecida por el legislador para considerarlo un ilícito penal, no es igual que denunciar algo que nunca ha tenido lugar.

Tampoco es una denuncia falsa hacerlo sin las suficientes pruebas. Que no haya pruebas sobre la comisión de un delito o falta no implica automáticamente que los hechos no hayan ocurrido. Realmente aquí radica el mayor problema al que se enfrenta la Justicia a la hora de afrontar los juicios por violencia de género, ya que demostrar fehacientemente haber sufrido violencia de género requiere de pruebas muy concretas y, por este motivo, hay tan pocas condenas en este ámbito en comparación con el total de denuncias.

Finalmente, retirar una denuncia o no ratificarla no la convierte en falsa. Retirar una denuncia puede deberse a factores muy complejos, especialmente cuando hablamos de violencia de género. Romper determinados vínculos o relaciones, por muy tóxicas que sean, puede resultar tremendamente difícil, especialmente para mujeres cuya situación de violencia, sometimiento y anulación ha terminado por generar una red de dependencias emocionales, económicas, sociales o familiares de la que hacen falta muchas fuerzas y apoyos para poder salir. Esto es fácilmente comprobable: nada menos que 7 de cada 10 sentencias absolutorias por temas de violencia de género se debe a la retirada de la denuncia por parte de la víctima, y buena parte de este alto número obedece al miedo a posibles represalias por parte del agresor. No nos es extraño el relato, oído en las noticias, de que una mujer asesinada por su pareja o expareja, a pesar de que ya le había denunciado, continuaba viviendo con él. Resulta difícil afirmar que estas mujeres asesinadas habían denunciado en un primer momento en falso.

Entonces, ¿Cuál es exactamente el afán de los haters por extender este tipo de bulos de carácter misógino? ¿No les parece que la violencia de género sea realmente algo grave e importante? ¿O es la verdadera igualdad entre hombres y mujeres lo que les molesta?